Homologada por el ICAC la formación del Máster Universitario en Auditoría de Cuentas (2022-2023) Renovación homologación

Máster Universitario en Auditoría de Cuentas por la Universidad de Murcia.

Con fecha 26 de julio de 2022, ha tenido entrada en este Instituto solicitud de homologación como programa de enseñanza teórica de auditores del “Máster Universitario en Auditoría de Cuentas”, que la Universidad de Murcia va a impartir en el curso académico 2022-2023, configurado como título universitario de carácter oficial con validez en todo el territorio nacional, al amparo del artículo 34 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, para que tenga los efectos de dispensa previstos en el artículo 29.2 del Reglamento que desarrolla la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, aprobado por Real Decreto 2/2021, de 12 de enero.

De acuerdo con la documentación presentada, el Máster reúne las condiciones establecidas en la Resolución de 26 de julio de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen las características y condiciones que deben reunir los programas de enseñanza teórica para su homologación, así como las determinadas en la Resolución de 26 de julio de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen las condiciones para la dispensa de los programas de enseñanza teórica y de la primera fase del examen de aptitud profesional.

De acuerdo con la normativa vigente se RESUELVE:

1º. Homologar como programa de enseñanza teórica de auditores de cuentas el “Máster Universitario en Auditoría de Cuentas por la Universidad de Murcia”, para el año académico 2022-2023.
La presente homologación se entenderá concedida para la impartición de cuatro ediciones del programa en cuatro años académicos consecutivos o en cinco si no lo fueran, siempre que la programación y el resto de las condiciones del programa no hayan variado sustancialmente.
Antes del inicio de cada edición se deberá comunicar expresamente a este Instituto,
mediante el Modelo H02 de “Comunicación nueva edición”, que el programa sigue vigente, que se va a impartir una nueva edición de este y que las condiciones del programa no han variado sustancialmente.
2º. A las personas que superen y obtengan el referido título, se les otorga la dispensa de la primera fase del examen de acceso al ROAC en los siguientes módulos y materias del Anexo
A de la Resolución de este Instituto de 26 de julio de 2021:
– Módulo I.1. Auditoría.
– Materia I.2.2. Normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas.
– Materia I.2.3. Normas Internacionales de Información Financiera.
– Materia I.2.4. Otros marcos: contabilidad de entidades financieras y de seguros, de entidades sin ánimo de lucro, de entidades públicas y de situaciones concursales.
– Materia I.3.3. Técnicas de valoración de empresas y confección de planes de viabilidad.
3º. Tras la finalización de cada edición del Máster, se enviará cumplimentado el modelo H03 de “Certificación posterior programas de enseñanza teórica” firmado por quien ejerza el cargo de Secretario de la Universidad, o bien por la persona que acredite poder suficiente o delegación expresa, en el que se haga constar que se ha desarrollado de acuerdo a las condiciones establecidas en la memoria, así como una relación nominativa (con indicación delDNI/NIF) de las personas que hayan obtenido el título de Máster y los módulos y materias cursadas del Anexo A de la citada Resolución.

 

 

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